La Fiscalía del Supremo respalda limitar los recursos contra la eutanasia a familiares con vínculo estrecho
La Fiscalía del Tribunal Supremo considera que solo los parientes más cercanos y con una relación personal intensa con el solicitante pueden recurrir una eutanasia, acotando así la legitimación para impugnar estos procedimientos. El criterio busca evitar que terceros ajenos o sin una vinculación directa puedan intervenir en decisiones de carácter profundamente personal.
Según este posicionamiento, el derecho a recurrir quedaría restringido a familiares que acrediten no solo parentesco, sino también una relación afectiva sólida, lo que introduce un elemento cualitativo en la valoración. La Fiscalía entiende que este enfoque contribuye a preservar la voluntad del paciente y a proteger el marco legal establecido en torno a la prestación de ayuda para morir.
Este pronunciamiento se enmarca en la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, vigente en España desde 2021, y podría influir en futuros procedimientos judiciales relacionados con este ámbito. La interpretación delimita quién puede intervenir en estos casos, reforzando la idea de que se trata de decisiones íntimas en las que debe primar la autonomía personal.

