Los migrantes de la regularización extraordinaria no podrán pedir el IMV hasta que cumplan un año de residencia legal

9 Feb 2026 por Redacción Irispress

Las personas que se beneficien de la regularización extraordinaria de migrantes anunciada por el Gobierno no podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) hasta que acrediten al menos un año de residencia legal y continuada en España, han confirmado fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta condición, incluida entre los requisitos para acceder a la prestación, obliga a quienes obtengan la residencia a esperar hasta la renovación de su autorización antes de optar al IMV.

Requisitos para acceder al IMV

Según el Ejecutivo, además de haber residido legalmente durante doce meses, los solicitantes deberán cumplir con el resto de condiciones establecidas para acreditar vulnerabilidad económica, como límites de ingresos y patrimonio, empadronamiento y composición familiar. La norma vigente ya exige una residencia legal mínima para acceder al IMV, y en el caso de los migrantes regularizados esta exigencia se mantiene antes de poder presentar la solicitud.

Regularización y derechos laborales

La regularización extraordinaria, que todavía se encuentra en una fase inicial pero que el Gobierno planea abrir en abril de 2026, permite a los beneficiarios trabajar desde el primer día en cualquier sector o región de España y cotizar a la Seguridad Social, con el fin de facilitar la inserción sociolaboral. Sin embargo, el acceso a la prestación económica de carácter asistencial queda condicionado al cumplimiento de ese periodo mínimo de residencia legal, similar al requisito que aplica también a otros solicitantes del IMV en el sistema español de protección social.

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