Las escuelas catalanas deben impartir un 25% en castellano

El Tribunal Supremo ha ordenado que las escuelas catalanas impartan un 25 por ciento de las clases en castellano y ha fijado, además, que deben darse en este idioma no sólo las asignaturas correspondientes a esta lengua sino también alguna de las materias troncales.

En una sentencia publicada el viernes 8 de mayo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo avala el porcentaje que fijó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en ejecución de las resoluciones del alto tribunal, que reconoce desde 2010 que el castellano debe ser lengua vehicular en los colegios catalanes.

El TS asegura que es un porcentaje “proporcionado y razonable”

El Supremo ha asegurado que el porcentaje establecido es “proporcionado y razonable” y está ajustado “a la consecución de la enseñanza del castellano”. La condición de lengua vehicular no puede alcanzarse si se reduce su uso “a una asignatura más” por lo que debe incluirse en otra materia de carácter troncal, agrega.

Esta decisión del TSJ provocó que dos padres de alumnos recurrieran al Supremo demandando un incremento del porcentaje al 50 por ciento. La Generalitat también recurrió al considerar que los tribunales catalanes no están legitimados para fijar los criterios a seguir.

Las resoluciones desestiman una vez más “la atención individualizada” para cada alumno que propone la Generalitat porque, a su parecer, lleva a una situación de discriminación “idéntica a la separación de grupos por razón de la lengua habitual”.